Rige obligatoriedad de establecer el Domicilio Fiscal Electr?nico ante DGR

POSADAS. Con el fin de tener una mayor fluidez y comunicación con los contribuyentes, la Dirección General de Rentas de Misiones lanzó en 2017 el Domicilio Fiscal Electrónico. Es de carácter obligatorio para todos los contribuyentes de la provincia y el organismo está facultado, por medio de la Ley XXII - N° 35, a suspender el acceso al sistema a cualquier persona que no lo establezca.

Según la reglamentación del Domicilio Fiscal Electrónico, se entiende como tal "al sitio informático personalizado, registrado por los contribuyentes, responsables y terceros para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza según lo descrito en el artículo 26 bis del Código Fiscal Provincial, Ley XXII - N° 35".

Según explicaron desde el organismo provincial es importante para una mejor comunicación, brindando información de interés, bonificaciones, vencimientos, beneficios y notificaciones en general, desde la Dirección de Rentas al contribuyente. Se entiende por comunicaciones a todas las citaciones, avisos, notificaciones judiciales o administrativas, intimaciones de pago, o similares emitidas por la Dirección a los ciudadanos.

Con el Domicilio Fiscal Electrónico no sólo se garantiza la comunicación efectiva y se preserva el carácter fehaciente de las notificaciones; sino que además, se logra la reducción de los costos en papel, impresión y envío postal que conllevan los medios tradicionales de comunicación, logrando de esta forma un efecto positivo sobre el ahorro de recursos fiscales y la protección del medio ambiente.

Es necesario resaltar que la aplicación de esta herramienta conlleva notables beneficios para los contribuyentes y responsables de tributos en general, al brindarles la posibilidad de acceder a las comunicaciones cursadas de forma inmediata, ágil y sencilla, evitando el extravío de documentos.

Para constituir el domicilio fiscal electrónico se deberá ingresar con USUARIO y CLAVE FISCAL al sitio web del organismo (www.dgr.misiones.gov.ar) y desde ahí solicitar la creación del DOMICILIO FISCAL ELECTRÓNICO. El mismo estará conformado por un perfil de usuario específico y único, asociado al CUIT o CUIL del titular, y cuya clave de acceso será su Clave Fiscal (CF). El ingreso podrá ser realizado en cualquier momento durante todos los días del año, y es responsabilidad exclusiva del usuario acceder al mismo con la periodicidad necesaria para tomar conocimiento de las comunicaciones allí remitidas.

Es de carácter obligatorio contar con Domicilio Fiscal Electrónico y la Dirección General de Rentas está facultada para suspender el acceso y/o la utilización de la plataforma virtual y del sistema informático del organismo al sujeto en cuestión, hasta tanto el mismo cumplimente con la obligación de constituir el mismo.

 

Actualidad - 08:53 14/02/2020