Tras la falta de acuerdo entre empresarios y sindicatos en el Consejo del Salario, el Ejecutivo oficializó la nueva pauta salarial. El haber básico arrancará en $383.800 en septiembre y trepará en tramos mensuales hasta alcanzar los $437.000
El Gobierno nacional fijó mediante la Resolución 4/2026 de la Secretaría de Trabajo la nueva escala del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) para el período comprendido entre septiembre de 2026 y abril de 2027. La medida fue suscripta por la presidenta alterna del organismo, Claudia Silvana Testa, luego de que fracasaran las negociaciones parlamentarias y paritarias entre los representantes gremiales (CGT y ambas CTA) y las cámaras empresariales.
La disposición establece una serie de ajustes escalonados de carácter mensual con incrementos que oscilan entre el 1,72% y el 1,94%. De este modo, el piso salarial para los trabajadores mensualizados con jornada completa pasará de los $376.600 vigentes a $383.800 en septiembre, finalizando el esquema en $437.000 al término del primer cuatrimestre del próximo año.
La medida impacta directamente en las prestaciones por desempleo y en diversos programas sociales que toman como parámetro el haber mínimo nacional, en un contexto en el que informes técnicos señalan una pérdida del poder adquisitivo acumulada en los últimos períodos.
Cronograma mensual de aumentos para mensualizados y jornalizados
La resolución detalla los importes mínimos que deberán percibir tanto los trabajadores bajo régimen mensualizado como aquellos contratados por hora:
- Septiembre de 2026: $383.800 por mes / $1.919 por hora.
- Octubre de 2026: $391.200 por mes / $1.956 por hora.
- Noviembre de 2026: $398.800 por mes / $1.994 por hora.
- Diciembre de 2026: $406.400 por mes / $2.032 por hora.
- Enero de 2027: $414.200 por mes / $2.071 por hora.
- Febrero de 2027: $422.000 por mes / $2.110 por hora.
- Marzo de 2027: $429.600 por mes / $2.148 por hora.
- Abril de 2027: $437.000 por mes / $2.185 por hora.
Definición por laudo tras el desacuerdo en el Consejo del Salario
La intervención directa del Poder Ejecutivo responde al mecanismo legal previsto ante la ausencia de consenso en el Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Durante los encuentros virtuales, la representación sindical rechazó las pautas presentadas por el sector empleador por considerarlas insuficientes para compensar la evolución del costo de vida.
Ante el retiro de las centrales obreras de la mesa de negociación, el Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Trabajo, procedió a la determinación unilateral de las sumas que regirán el mercado laboral durante los próximos ocho meses.
