Monotributo: C?mo se aplicar?n los nuevos montos de impuestos y los planes de pago

CABA. La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) finalizó el proceso de recategorización de 4.077.376 monotributistas de todo el país basada en los datos de facturación de enero a mayo. La nueva escala de cada contribuyente se aplicará con retroactividad al 1 de febrero de este año y las diferencias que pudieran surgir en la contribución serán retroactivas. Se podrá financiar hasta en 20 cuotas la diferencia generada por las recategorizaciones y los nuevos valores del tributo.

Para su confección, la nueva escala toma como parámetros distintos componentes del monotributo como lo impositivo, la seguridad social y la salud para los meses de enero, febrero, marzo, abril y mayo. Luego, le asigna una nueva categoría a cada uno de los contribuyentes. Los pequeños contribuyentes podrán financiar hasta en 20 cuotas el pago de la diferencia generada como resultado del proceso de categorización de los monotributistas previsto en la Ley 27.618.

La adhesión a los planes de facilidades de pago para monotributistas estará disponible a partir del primero de julio en el portal monotributo.afip.gob.ar. El monto mínimo a saldar en cada cuota es de $500, informó el organismo a través de comunicado de prensa.

Tal como se informó el pasado miércoles 2 de junio la normativa introduce un conjunto de modificaciones y beneficios fiscales que armonizan la transición hacia el régimen general (autónomos), tanto en términos administrativos como en los montos de las obligaciones que deben afrontar los contribuyentes.

Para el pago de las nuevas escalas, si el contribuyente está adherido al débito automático y quiere pedir la modificación de la categoría asignada por AFIP, tiene como plazo máximo hasta el 11 de junio para hacerlo. La cuota se debitará por el valor de los importes actualizados. Si no se solicita antes del 11 de junio, el monotributista debe solicitar un “stop debit” en su banco. Esto regirá por el periodo de junio de 2021. La encargada de informar sobre la diferencia acumulada para todo el periodo es AFIP. El contribuyente tendrá tiempo para abonarlo hasta el próximo 20 de julio.

Las diferencias que se generen a favor de la AFIP por el pago de las obligaciones se podrán pagar por Transferencia electrónica de fondos, pago electrónico mediante la utilización de tarjetas de crédito y/o débito, Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina e implementado por esta Administración Federal.

Se podrán abonar hasta en 20 cuotas y dependerá del monto a pagar. Esta facilidad es para cuando cada cuota supere los $500. Los planes de pagos podrán realizarse a partir del 1 de julio. Las diferencias se podrán saldar hasta el 20 de julio de 2021 y podrán ser abonadas por los medios antes indicados. La AFIP no cobrará intereses por el pago de la diferencia fuera de término para las obligaciones de enero a mayo.

En caso de tener un saldo adeudado, los contribuyentes podrán realizar la consulta a partir de 1 de julio de 2021. Para ello, dentro del portal “Monotributo”, hay que dirigirse a “Estado de cuenta” e ingresar al servicio denominado “CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. La cuota del mes de junio, a modo de exepción, vencerá el día 25 de junio.


 

Nacionales - 15:43 08/06/2021