Trabajadores de los grupos de riesgo podr?n ser convocados a prestar servicio tras 14 d?as de ser vacunados

CABA. Por medio de la Resolución Conjunta 04/2021, de los ministerios de Salud y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, se estableció que las empresas podrán convocar al retorno a la actividad laboral presencial a quienes estaban dispensados por pertenecer a los grupos de riesgo tras 14 días de haber recibido la primera dosis de cualquiera de las vacunas contra el COVID-19 que se están aplicando en el país. Quedan excluidos pacientes oncológicos, con HIV y trasplantados

La nueva normativa establece que los trabajadores y trabajadoras podrán ser convocados "independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos 14 días de la inoculación". No obstante, rige para la administración pública y la recomendación para el sector privado de promover en las actividades que así lo permitan el teletrabajo, con el fin de reducir la circulación de personas frente al avance de la segunda ola de coronavirus.

La Resolución Conjunta incluye al segmento considerado a),b) y c), entre los que se encuentran trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad, trabajadoras embarazadas, trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo.

En su articulado, la norma aclara que quienes "tengan la posibilidad de acceder a la vacunación y opten por no vacunarse, deberán actuar de buena fe y llevar a cabo todo lo que esté a su alcance para paliar los perjuicios que su decisión pudieren originar a los empleadores o empleadoras".

En el 3° artículo la resolución establece que "Los trabajadores y las trabajadoras convocados deberán presentar constancia fehaciente de vacunación correspondiente o manifestar, con carácter de declaración jurada, los motivos por los cuales no pudieron acceder a la vacunación".

Quedan excluidos pacientes oncológicos con HIV y trasplantados

Quedan excluídos de la nueva norma las personas con Inmunodeficiencias congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave. VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable). Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).

También se excluye a las personas que son pacientes oncológicos y trasplantados con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.

En los considerandos, las autoridades tienen en cuenta que, "con los resultados disponibles al momento, las vacunas utilizadas en la Argentina demostraron una adecuada eficacia para la prevención de las formas graves y de la muerte por la enfermedad, lo cual disminuye el riesgo y posibilita el retorno de los trabajadores y las trabajadoras a sus lugares de trabajo".


 

Nacionales - 10:13 09/04/2021