Veda electoral: Qu? no se puede hacer y desde cu?ndo

Desde las 8 del viernes rige la prohibición de cualquier tipo de "actividad de campaña y difusión", con vistas al acto eleccionario de este domingo 22 de octubre.

 

Según lo establecido en el artículo 71 del Código Nacional Electoral.

 

-Desde este viernes está prohibido realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales; además publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección. Durante la elección - hasta 3 hs. después de su cierre.

 

-Está totalmente prohibido el expendio de bebidas  alcohólicas a partir de 12 hs antes del inicio de los comicios, o  sea desde las 20 hs del sábado hasta transcurridas tres horas del cierre del acto( 21 hs del domingo); así también la apertura de locales bailables, organización de espectáculos al aire libre y fiestas privadas.

 

-Al ir a votar, a los sufragantes se les  prohíbe la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección.

Actualidad - 08:11 20/10/2017